Cómo Registrar/ Patentar una Marca (España 2023)
¿Estás interesado en registrar una marca? ¿Qué implica registrar/ patentar una marca? ¿Qué dice la Ley de Marcas española? ¿Qué hay que tener en cuenta a la hora de registrar una marca? ¿En qué consiste el proceso de registro de marca? ¿Cuánto dura una marca? ¿Qué mantenimiento requiere? ¿Qué elementos componen una marca? Resolvemos todas tus dudas en el más completo post sobre Registrar una marca.

¿Qué son los signos distintivos?
Es importante que, primero que todo, sepamos en qué consisten los signos distintivos, pues son nuestras herramientas para protegernos y que nuestros productos y servicios sean identificados por los clientes y posibles clientes en el mercado.
Hay de dos tipos, las marcas y los nombres comerciales, pero el día de hoy centraremos el foco en las marcas, cuál es el proceso de registrar una marca y todo lo que las envuelve.
✽ Cabe destacar que a menudo encontraremos que a nivel popular hay quien dice «patentar una marca», pero la forma más correcta dentro del sector sería «registrar una marca».
La marca ¿En qué consiste?
La palabra «marca» alude a las señales que sirven para identificar y distinguir, pero en el mundo de la propiedad industrial adquiere un mayor significado en base a las funciones que desempeña:
1. Sirve para distinguir los productos y servicios de una empresa frente a las demás.
2. La marca registrada ayuda a forjar una imagen de calidad alrededor de la marca y de sus consumidores: cuando una marca gana relevancia y buen nombre adquiere un prestigio que pone de relieve a la empresa y a sus clientes, haciendo que sean mejor percibidos por la sociedad.
3. Cumple una función publicitaria, cuando los productos y servicios van acompañados de una marca esta se acaba convirtiendo en un reclamo para los consumidores.
4. Condensa la reputación de la empresa: si algunos de tus productos o servicios han conseguido calar en tus clientes y distinguirse como un producto de calidad, cuando saques a la venta otros, arrastrarán parte de ese buen nombre.
¿Qué tipos de marcas existen?
Hay diferentes formas de clasificar las marcas, según la finalidad específica, según el signo que protege y según su situación legal:
Según la finalidad específica:
· De productos y servicios → También denominadas marcas individuales, sirven para distinguir productos o servicios concretos.
· Colectivas → Sirven para distinguir los productos o servicios de una asociación de fabricantes, comerciantes o prestadores de servicios. En este caso es la empresa o la agrupación la titular de la marca en cuestión.
· De garantía → Certifica que los productos o servicios han sido elaborados o distribuidos por las personas que la empresa titular de la marca ha autorizado.
Según el formato del signo que se protege:
· Denominativas → Formadas por palabras, letras y/o números en formato estándar, esto quiere decir que no pueden tener características gráficas ni de color.
· Figurativas → Formadas por palabras, letras y/o números en formato no estándar, con elementos gráficos o de color o exclusivamente formada por elementos gráficos.
· Tridimensionales → Constan de una forma tridimensional como representación.
· De posición → Ubicación específica en que la marca coloca sus signos en el producto.
· De patrón → Está formada por un conjunto de elementos repetidos periódicamente.
· De color → Compuesta únicamente de un color o una combinación de colores (en ambos casos sin contornos).
· Sonoras → Es de los casos más curiosos, pues son las constituidas por un sonido o la combinación de varios. Algunos ejemplos son: la canción de Mercadona, cantada por Mamen García, o el rugido de león de la productora y distribuidora de cine y televisión Metro-Goldwyn-Mayer (ya expirada). Actualmente, a fecha de la subida de este post, en la Oficina española de patentes y marcas (OEPM) solo constan 20 marcas sonoras registradas.
· De movimiento → Compuesta por un movimiento o cambio de posición de los signos de la marca.
· Multimedia → Constituida por una combinación de imagen y sonido.
· De holograma → Compuesta por elementos con características holográficas (creación de imágenes tridimensionales con el uso de luz).
· Otros → Todas las marcas que no entren dentro de las anteriores categorías.
Según su situación legal:
· Marca registrada → Ha cumplido todos los requisitos y ha aprobado el proceso en los organismos oficiales de registro.
· Marca inscrita → Ha presentado la solicitud pero aún no ha acabado el proceso de registro.
· Marca no registrada → No ha presentado la solicitud ni se encuentra en proceso de registro.
✽ A veces ocurre que una empresa crea y utiliza una marca pero no la registra, es cierto que como tal, no existe una obligación legal de registrar una marca, pero cuando esto sucede, cualquier persona u organización puede usar sus signos sin ningún inconveniente legal, es más, si una empresa aunque haya llegado más tarde decide registrar la marca, todas las demás empresas que estuvieran usando los signos sin registrar estarán obligadas a dejar de utilizarlos.

Normas establecidas por la Ley de Marcas
A pesar de que existen una serie de libertades que todos tenemos a la hora de registrar una marca y elegir sus signos distintivos, hay determinadas limitaciones que se establecen en la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas) como prohibiciones absolutas (Capítulo II, artículo 5) y prohibiciones relativas (Capítulo III, artículos 6, 7, 8, 9 y 10)
Prohibiciones absolutas más significativas y habituales
No se podrá registrar una marca si:
· No cumple los requisitos para ser considerado una marca → Los signos (palabras, letras, dibujos, colores…) presentados no permiten distinguir los productos/ servicios de los de la competencia.
· Sus signos carecen de carácter distintivo → Ocurre cuando, por ejemplo, los signos son demasiado descriptivos o simples.
· Se componen únicamente de signos que designan la especie, calidad, cantidad, destino, valor, procedencia o época de obtención del producto → Este sucedería por ejemplo si alguien quisiera registrar un bar con nombre «Madrid».
· Se compone únicamente de signos que se han convertido en habituales en relación con los productos o servicios que se ofrecen.
· Se constituye únicamente por signos que hacen referencia a la forma o características que forman parte de la naturaleza del producto.
· Sus signos son contrarios al orden público, la ley o las buenas costumbres.
· Sus signos pueden inducir a error sobre la calidad, origen o naturaleza del producto o servicio.
· Sus signos copian o imitan la bandera, el escudo, las condecoraciones u otros emblemas de España, sus comunidades, municipios, provincias o entidades.
Trámites ¿Cómo registrar una marca?
Para solicitar el registro de una marca hay que seguir un proceso para el cual se recomienda actuar mediante un Agente de la Propiedad Industrial o un representante informado y autorizado, ya que un mal registro puede llevar a problemas legales o a una mala protección que pueda desembocar en la invalidez de tu marca en un futuro.
En IPVILLAR contamos con un equipo técnico y jurídico especializado en Propiedad Industrial que ofrece un servicio de registro de marca honesto que asegura su llegada a buen puerto, también disponemos de un equipo de diseño y marketing que ofrece la posibilidad de generar el nombre, la imagen corporativa (logotipo, línea gráfica…) y/o la web de tu marca.
Presentación
El primer paso para registrar una marca consiste en presentar una petición con la documentación necesaria a la OEPM o al órgano correspondiente en la Comunidad Autónoma del solicitante. Posteriormente a la solicitud se le dará un número que identificará su expediente (no puede ser modificado) y una fecha de presentación.
Examen de forma
El órgano correspondiente determinará si la solicitud contiene los datos suficientes, si todo en los formularios están en orden y si el solicitante cumple los requisitos para ser el legítimo titular de la marca.
Remisión de la solicitud
Si el examen de forma ha sido superado correctamente y no se detecta ningún error en la solicitud (o ya han sido corregidos) se remite a la OEPM en caso de que se hubiera enviado en un inicio al organismo pertinente de la Comunidad Autónoma.
En caso de que se enviara a la OEPM y no se hubieran corregido los errores notificados, la solicitud se daría por desistida.
Examen de licitud
En esta parte del proceso se comprueba si la solicitud presentada es contraria al orden público o las buenas costumbres, como comentábamos anteriormente en una de las prohibiciones absolutas de la Ley de Marcas.
✽ Cabe destacar, que si la solicitud se envió en un inicio directamente a la OEPM el examen de licitud podrá hacerse conjuntamente al examen de forma.
Publicación de la solicitud
Una vez se ha superado el examen de licitud, la solicitud se publica en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial. Cuando esto sucede, toda persona que considere que va a verse afectada por la marca en cuestión, tiene un plazo de dos meses para presentar una oposición.
Examen de fondo
Cuando acaba el plazo de dos meses para presentar oposición, se contrasta una por una las prohibiciones absolutas (Capítulo II) y las prohibiciones relativas (Capítulo III) que marca el BOE en la Ley de Marcas para comprobar una última vez que todo está correcto.
En caso de que se hubiera presentado alguna oposición o incumpliera alguna pauta del BOE, se suspendería el trámite y se contactaría con el solicitante para que envíe las alegaciones necesarias en el proceso de un mes (Un mes a partir del momento en el que publican tu suspenso en el Boletín Oficial de la Propiedad Intelectual).
Concesión/ Denegación
Una vez se ha superado el examen de fondo llegamos a la última etapa del procedimiento de registrar una marca. Cuando acaba el plazo de oposición o el plazo de contestación del suspenso, se haya contestado o no, se concederá o denegará de forma total o parcial el registro.
Trámites ¿Cuánto duran?
En la teoría los plazos máximos son de:
· 12 meses si la solicitud no sufre oposiciones ni suspensos.
· 20 meses si la solicitud sufre oposiciones o suspensos.
Pero en la práctica, lo habitual es que tardes en resolverse entre 8 y 14 meses según sufra o no algún suspenso y/u oposición
Precio ¿Cuánto vale registrar una marca?
En principio el precio del registro de la marca, ya que hay unas tasas oficiales ineludibles que son 150,45€ (Datos actualizados 2023) + lo que cobre la agencia que esté gestionando tu solicitud.
Hay algunas agencias que ofrecen precios fuera de mercado del estilo 170€ por tasas + gestión (Menos de 20€ de ganancia), pero usan esto como reclamo para posteriormente pedir dinero por el título, cosa que la Oficina de Patentes desaconseja ya que el título es gratuito, y otros gastos derivados que finalmente acaban alcanzando un coste total similar al de la competencia, por eso recomendamos que tengas en cuenta que estas malas prácticas son frecuentes por parte de algunas empresas del sector.
Desde IPVILLAR ofrecemos precios claros y sin rodeos para evitar problemas o malentendidos de última hora y recomendamos a otras agencias que puedan leernos que hagan lo mismo para conservar una buena relación con sus clientes y una imagen honesta cara al público.

Duración y mantenimiento
Una vez has terminado de registrar una marca, tiene una duración de 10 años pero es renovable de forma indefinida (cada 10 años) siempre y cuando uses la marca en el mercado (No puedes pagarla y tenerla en desuso).
Recomendaciones de IP VILLAR
En IP VILLAR, no solo ofrecemos servicios de Propiedad Industrial, también ofrecemos servicios relacionados con el sector industrial, el marketing y el diseño y somos poseedores de marcas y patentes, por eso sabemos que una marca no es solo una concesión en un registro y que hay muchos más detalles a tener en cuenta (en función de nuestras necesidades, lógicamente). Te hacemos un repaso en términos generales de algunos de estos detalles, también llamados elementos de marca, a tener en cuenta en el momento de registrar una marca:
Nombre de la marca
Es importante decidir cuál será el nombre de la marca, ya que debería ser de sencilla compresión y pronunciación (tomando como referencia el idioma natal de tu empresa), fácil de recordar y orientado a tu público objetivo.
Manual de marca
Es recomendable que documentes las líneas generales que definen tu marca, al igual que la imagen de tu empresa, producto o servicio.
· Algunos de los componentes que deberías documentar, que definen las líneas generales que comentábamos y que a su vez son elementos de marca son:
Línea gráfica
Conforma la identidad visual de la marca y busca la armonía, la coherencia y la generación de un vínculos con el cliente y la empresa titular.
Logotipo
Forma parte de la línea gráfica y representa a la marca, la institución, el producto o el servicio.
✽ Muchas empresas y particulares descuidan este apartado permitiendo que alguien con poca experiencia se encargue de su diseño, obviamente desde IP VILLAR desaconsejamos estas prácticas ya que un logo malo o genérico ni posiciona ni va a responder correctamente a la identidad de marca de una empresa.
Paleta de colores
También forma práctica de la línea gráfica, debe estar presente en las construcciones visuales de una marca y tener un propósito en relación con la identidad de tu marca y el público al que va dirigido.
Conclusión
Cómo has podido ver, el mundo de las marcas es muy grande y abarca diferentes ámbitos, como el de la propiedad industrial con su marco legal, el del marketing y el diseño, debido a esto, nuestro consejo es que te asesores con un equipo profesional multidisciplinar que pueda ayudarte a tomar buenas decisiones y a desarrollar una estrategia que cree sinergias favorables entre todos los elementos que componen y rodean a tu marca.
Para recibir nuestro asesoramiento en cualquiera de los ámbitos que atañan a tu marca te ofrecemos nuestro contacto para concertar una cita, ya sea presencial o vía telemática ¡te esperamos!
¡Suerte en todos tus proyectos!
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